Complementos de la factura electrónica, segunda parte

En el artículo anterior hablamos acerca de lo que es un complemento en términos de la factura electrónica, en ese momento lo definimos así:

Es una sección adicional del comprobante fiscal, creado por el SAT, para que las empresas puedan colocar información adicional que les es requerido por la propia autoridad.

De esta definición podemos deducir dos cosas:

  • Los complementos son definidos y requeridos por la autoridad.
  • Se usan para agregar información requerida por la ley.

Tomando en cuenta esto podemos decir que el uso o no de un complemento está supeditado a lo que marque la ley, es por eso que cada uno fue creado para cierto grupo de contribuyentes que deben cumplir con los requerimientos exigidos por el SAT.

A continuación damos una descripción detallada de los complementos vigentes:

COMPLEMENTOS A NIVEL DOCUMENTO

  •  Estado de cuenta de combustibles de monederos electrónicos.
    • Es utilizado por empresas que emiten monederos para consumo de combustible.
    • Aplica para CFD (versión 2.0 y 2.2) y CFDI (versión 3.0 y 3.2)

 

  • Donatarias.
    • Es usado por empresas que han sido autorizadas para recibir donativos y existen dos versiones del mismo.
    • Versión 1.0 Aplica para CFD (versión 2.0) y CFDI (versión 3.0)
    • Versión 1.1 Aplica para CFD (versión 2.2) y CFDI (versión 3.2)

 

  • Compra venta de Divisas.
    • Es usado por empresas que compren y vendan divisas
    • Aplica para CFD (versión 2.0 y 2.2) y CFDI (versión 3.0 y 3.2)

 

  • Estados de Cuenta Bancario.
    • Es usado por las instituciones bancarias para emitir el estado de cuenta de los cuentahabientes.
    • Aplica para CFD (versión 2.0 y 2.2) y CFDI (versión 3.0 y 3.2)

 

  • Otros derechos e impuestos.
    • Este complemento sirve para incluir otros Derechos e Impuestos en la factura electrónica, tales como impuestos locales (p. ej. impuestos sobre alojamiento o servicios de hospedaje), impuestos federales diferentes a IVA, IEPS e IRS (p.ej. retención de 5 al millar que dispone el art 191 de la Ley Federal de Derechos para facturas de obra pública).
    • Aplica para CFD (versión 2.0 y 2.2) y CFDI (versión 3.0 y 3.2)

 

  • Prestador de Servicios de Generación de CFD del Sistema Producto (PSGCFDSP).
    • Complemento para las Facturas Electrónicas emitidas por medio de un Prestador de Servicios de Generación de CFD del Sistema Producto (PSGCFDSP)
    • Aplica para CFD (versión 2.0 y 2.2)

 

  • Leyendas Fiscales.
    • Es usado por las empresas que deben incluir cierto tipo de leyendas exigidas por al autoridad
    • Aplica para CFD (versión 2.2) y CFDI (versión 3.2).

 

  • Persona Física integrante de Coordinado.
    • Este complemento permite incorporar a una factura electrónica, los datos de identificación del vehículo que corresponda a personas físicas integrantes de coordinado, que opten por pagar el impuesto individualmente de conformidad con lo establecido por el artículo 83, séptimo párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
    • Aplica para CFD (versión 2.2) y CFDI (versión 3.2)

 

  • Turista Pasajero Extranjero.
    • Este complemento permite incorporar a una factura electrónica, los datos de identificación de turistas o pasajeros extranjeros.
    • Aplica para CFD (versión 2.2) y CFDI (versión 3.2)

 

  • Sector de ventas al detalle (Detallista).
    • Este complemento a diferencia del resto, no tiene carácter obligatorio, sino que se trata de una facilidad para que los contribuyentes puedan adoptarlo a efecto de eficientar el procesamiento de la información. Este complemento fue propuesto por GS1 México (anteriormente conocido como AMECE) al SAT y es muy usado por tiendas departamentales.
    • Aplica para CFD (versión 2.0 y 2.2) y CFDI (versión 3.0 y 3.2)

 

COMPLEMENTOS CONCEPTO

  • Instituciones Educativas Privadas.
    • Complemento concepto para la expedición de comprobantes fiscales por parte de Instituciones Educativas Privadas, para los efectos del artículo primero y cuarto del decreto por el que se otorga un estímulo fiscal a las personas físicas en relación con los pagos por servicios educativos. Comúnmente conocido como IEDU.
    • Aplica para CFD (versión 2.0 y 2.2) y CFDI (versión 3.0 y 3.2)

 

  • Venta de Vehículos.
    • Este complemento concepto permite incorporar a los fabricantes, ensambladores o distribuidores autorizados de automóviles nuevos, así como aquellos que importen automóviles para permanecer en forma definitiva en la franja fronteriza norte del país y en los Estados de Baja California, Baja California Sur y la región parcial del Estado de Sonora, a una factura electrónica la clave vehicular que corresponda a la versión enajenada.
    • Aplica para CFD versión 2.2 y CFDI versión 3.2

RECOMENDACIONES.

Como podemos observar, actualmente contamos con 12 complementos, pero no debemos de alarmarnos solamente debes de seguir estas recomendaciones:

    1. Verifica si por tu actividad económica debes emitir comprobantes con algún complemento, si tienes dudas puedes consultarlo directamente con asesoría al contribuyente del SAT o con tu contador.
    2. Consulta con tu proveedor de factura electrónica si soporta el complemento que necesitas.
    3. No olvides que los datos del mismo deben ir en la representación impresa de tu documento.

Hasta la próxima.

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